El Diputado Juan Antonio García Villa reiteró que conoce bien tanto las normas constitucionales como legales que rigen el funcionamiento del Congreso del Estado de Coahuila, e hizo un llamado a los legisladores del PRI para que mejor se acostumbren a que en esta legislatura, donde no tienen mayoría, tendrán que respetar el estado de derecho y el debido proceso estén de acuerdo o no.
El Diputado del PAN mencionó que en muchas ocasiones, las anteriores legislaturas han violado todo tipo de procesos legislativos, por ejemplo para aprobar iniciativas en “fast track” o para designar titulares de los organismos públicos autónomos violando el procedimiento constitucional establecido.
Por lo que adelantó que las declaraciones que el legislador Samuel Rodríguez haga en su contra no detendrán que continúe señalando con el debido fundamento todas las violaciones a ley que se cometan por parte del presidente de la junta de gobierno y de sus diputados.
Finalmente aclaró que el Artículo 47 de la Constitución Política de Coahuila dispone que el Congreso podrá reunirse en sesiones extraordinarias cada vez que fuere convocado por el Ejecutivo o por la Diputación Permanente, y durante ellas se ocupará exclusivamente de los asuntos comprendidos en la convocatoria y de los que se califiquen de urgentes, por el voto de las dos terceras partes de los Diputados presentes.
Es decir, que sí se requería la mayoría calificada para realizar la sesión solemne de este miércoles, argumento que García Villa señaló oportunamente en la Sesión de la Diputación Permanente de este martes, por cierto, el acuerdo de la sesión solemne sólo fue aprobado por siete de los diputados presentes y las dos terceras partes son ocho legisladores.
“Hasta qué extremo llegan los diputados del PRI para llevar al Congreso, donde no es bienvenido, al Gobernador y hasta le van a dar la palabra” manifestó.
Por otra parte, Samuel se queja de que García Villa se refiere a leyes del orden federal en sus argumentos, lo cual es falso, ya que el diputado del PAN se está remitiendo a la propia Ley Orgánica, la que por cierto no ha sido debidamente complementada al no haberse expedido hasta la fecha ni el Reglamento de Prácticas Parlamentarias, a que hace alusión el artículo 38 de la Ley Orgánica del Congreso, ni el Reglamento de Sesiones, artículo 233 de la misma Ley Orgánica y que en términos del artículo transitorio tercero debieron haberse expedido hace más de dos años y medio.