La Diputada Rosa Nilda González Noriega propuso definir en la Ley de Aguas para los Municipios del Estado de Coahuila, que ni en escuelas públicas ni en los centros de readaptación social se podrá cortar el suministro de agua potable en caso de que demoren en el pago del servicio, asimismo cada municipio deberá contar con un registro de instituciones que prestan servicios asistenciales debidamente autorizadas, a las que tampoco se podrá privar del agua potable.
Actualmente, la Ley de Aguas para los Municipios del Estado de Coahuila, en su artículo 86, establece que en caso de que los usuarios incumplan dos meses el pago del servicio de agua potable, podrá limitárseles el suministro, y si la mora en el pago es de tres meses, se suspenderá totalmente.
Y aclara que “No obstante lo previsto , no podrá suspenderse el suministro de agua en los casos que se trate de edificios destinados a la prestación de servicios asistenciales, o en los que por razones de salud pública o seguridad no sea conveniente proceder a la suspensión.
La redacción de éste segundo párrafo es ambigua, y se presta a una interpretación discrecional de parte de los organismos operadores del agua potable, a la hora de determinar a quienes no le deben cortar el agua por la naturaleza, giro actividad a que se dedican.
Es decir, no habla de grupos humanos que por su particular situación social y jurídica no pueden ser privados del acceso al agua potable, ya que esto generaría una crisis sanitaria, como las escuelas públicas o los centros de readaptación social.
Además, el concepto “asistenciales” y la frase “Razones de salud o seguridad pública” son muy amplios y se presta también a interpretaciones discrecionales.
Por ello, plantea incluir en el artículo 86 que no se podrá cortar el suministro de agua a los edificios que presten servicios médicos, ni en las escuelas públicas de nivel básico, así como en centros de reinserción social o para detención preventiva, donde no sea conveniente hacerlo.
Sin que lo anterior signifique que la obligación de realizar el pago del servicio de agua no sea exigible, como ya lo aclara la ley.
Registro de instituciones exentas
Por otro lado, la diputada del PAN propone que cada organismo operador del agua elabore en cada municipio un registro de las instituciones que prestan servicios asistenciales, siempre que estas se encuentren debidamente autorizadas en los términos de la legislación aplicable, a fin de tenerlas plenamente identificadas y justificado que no se les corte el servicio.